Antes de iniciar con este tema, es necesario saber que si estas inscrito bajo el sistema del RNEE no significa que no debes cumplir con la inscripción del RNET, aunque ya tengas un NIL asignado, ya no será el mismo que vas a utilizar en este ultimo registro, porque al inscribirte por ante el RNET el sistema te genera un nuevo NIL, Debes tener a la mano el Registro Mercantil, Numero de empleados con sus datos importantes, el correo electronico que esta registrado en el Seniat, asi como tambien estar previamente incrito en el IVSS, Banavih, e Inces
¿Qué es Registro Nacional de Entidades de Trabajo?. Es el registro de carácter obligatorio para todas las entidades de trabajo del país públicas, privadas, de propiedad social y mixta, establecidas en el artículo 45 de la Ley Orgánica del Trabajo, donde se llevarán los datos en materia de proceso social de trabajo y de seguridad social, y se hará constar todo lo referente a las solvencias laborales. El registro dependerá administrativamente de la Dirección de Registro Nacional de Entidades de Trabajo adscrita a la Dirección General del Despacho del Ministro o Ministra.
Base legal: El Registro Nacional de Entidades de Trabajo está basado en el artículo 519 de la Ley Orgánica del Trabajo (LOT)y en la resolución que lo regula, publicada en la Gaceta Oficial de N° 40.655 de fecha 7 de mayo de 2015.
¿Quiénes deben registrarse? Todas las empresas con carácter obligatorio: públicas, privadas, mixtas y de propiedad social, de acuerdo con el artículo 45 de la LOT.
¿Dónde se realiza el registro? El Rnet es automatizado , se realiza de manera electrónica en través del portal web del Ministerio del Trabajo (www.mpppst.gob.ve). El sistema validará a través del sistema de inteoperatividad la información suministrada.